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Pegasus: Amnistía Internacional publica 10 medidas para lograr verdad y garantizar la no repetición de violaciones de derechos

La normativa española no cuenta con garantías suficientes para impedir los abusos que suponen este tipo de sistemas de vigilancia tan intrusivos y deja en la indefensión a las personas supuestamente investigadas por el CNI

Es necesario revisar las normas que regulan el CNI para establecer límites a las intervenciones de las comunicaciones, para no poner en peligro el derecho a la privacidad y a la libertad de expresión y asociación; así como cambiar radicalmente la Ley de Secretos Oficiales, para que los abusos no puedan ampararse en la consideración de secreto

AI da la bienvenida a la promesa del Presidente del Gobierno de cambiar la Ley de Secretos Oficiales aunque, recuerda, ‘después de años de debate e inmovilidad, se necesita, de forma inmediata pasar de las palabras a los hechos’

Hoy ha comparecido el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la sesión plenaria del Congreso para hablar, entre otros temas, sobre el espionaje de Pegasus. Por ese motivo, Amnistía Internacional publica diez recomendaciones que tienen por objetivo llegar a la verdad de lo ocurrido, establecer medidas de reparación a las víctimas de violaciones de derechos humanos y evitar que se repitan los episodios de vigilancia arbitraria y masiva y vulneración de derechos humanos.

Estas diez medidas incluyen la necesidad de una investigación exhaustiva, independiente y eficaz sobre lo ocurrido y la colaboración activa con los procesos judiciales actuales o futuros sobre este caso; el reconocimiento del uso de Pegasus en España y el compromisodel Gobierno de suspender el uso de estos instrumentos de vigilancia hasta que se instaure un marco regulador adecuado y respetuoso con los derechos humanos; la promoción de cambios legales urgentes que aumenten el control judicial en las investigaciones del CNI y la defensa de las personas investigadas, así como la modificación de la Ley de Secretos Oficiales para que los posibles abusos y violaciones de los derechos humanos no puedan ampararse bajo la consideración de secreto.

La organización considera que es necesario llevar a cabo una investigación exhaustiva, independiente y eficaz sobre los casos de vigilancia masiva de personalidades catalanas, y en algunos casos vascas, incluyendo la apertura de una Comisión específica cuyos resultados se pongan a disposición de la Comisión ad hoc del Parlamento Europeo sobre las infracciones de la legislación de la Unión Europea asociadas al uso de Pegasus. Mientras el robo de información con software espía de miembros del gobierno ha sido denunciado ante la Audiencia Nacional, donde el juez instructor ha decretado el secreto de la causa, las mismas autoridades no han presentado denuncia ante los jueces por el espionaje de teléfonos móviles de activistas, políticos, o periodistas.

La impunidad de esta vigilancia masiva, además pone de manifiesto una vez más la necesidad de aumentar el control y las garantías legales en las operaciones de vigilancia. Para ello, se necesita un control judicial más fuerte durante todo el proceso de la investigación del CNI u incluyendo también lo relativo al almacenamiento de la información obtenida tras la investigación, con sistemas sólidos e independientes de supervisión, y así evitar actuaciones arbitrarias o abusivas. Además, se debe asegurar que la normativa que regula el CNI ysu actuación sonacordesa los estándares internacionales de derechos humanos. Y, por último, es urgente modificar la Ley de Secretos Oficiales(LSO) para que los posibles abusos y violaciones de los derechos humanos no puedan ampararse bajo la consideración de secreto. En este sentido AI da la bienvenida a la promesa del Presidente del Gobierno en su comparecencia de cambiar esta ley aunque, después de años de debate e inmovilidad, se necesita, de forma inmediata pasar de las palabras a los hechos.

”Los servicios de inteligencia también tienen que respetar las normas de derechos humanos”,señala Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España. “Mientras que en las causas penales hay mayor control, en este tipo de investigaciones realizadas por los servicios secretos la normativa es muy débil para impedir que haya abusos, irregularidades y descontrol. Corremos el riesgo de que actúen con impunidad”, añade el director de AI España.

La información producida por el CNI está clasificada y protegida bajo la LSO. Además, el control judicial previo también está sometido a secreto, y lo mismo sucede con el tratamiento de datos, que queda en manos de la misma agencia. Es decir, todo lo relativo a este tipo de informaciones está rodeado de oscurantismo. Tal y como ha denunciado Amnistía Internacional, la LSO supone un obstáculo para la investigación de graves violaciones de derechos humanos y para garantizar el derecho de las víctimas a verdad, justicia y reparación y garantías de no repetición. Por este motivo, la organización ha recordado la necesidad de que dicha Ley sea modificada respetando los estándares internacionales relativos al derecho a la información.

Tampoco a posteriori de la investigación del CNI se garantiza un recurso efectivo para las personas afectadas. La consideración automática de secreto de todas las actividades del CNI y la falta de control posterior, incluso en casos donde puede haberse producido una vulneración de derechos, impide que las personas afectadas puedan tener a su disposición recursos efectivos para obtener reparación y compensación por los daños sufridos. “¿Cómo se defiende una persona que ha sido objeto de espionaje si ni siquiera puede tener absoluto conocimiento de la violación en sus derechos humanos que ha supuesto?”, señala Beltrán.

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Por su propia naturaleza Pegasus, el instrumento de vigilancia creado por la empresa israelí NSO Group, no tiene límites, ya que está diseñado para realizar una severa injerencia en la privacidad de las personas. Sin una adecuada supervisión, salvaguardas y transparencia, los daños causados por el mal uso de la tecnología son enormes. Por esta razón el gobierno debe suspender el uso, venta y transferencia de estos instrumentos de vigilancia hasta que se instaure un marco regulador adecuado y respetuoso con los derechos humanos.

Amnistía Internacional lleva desde el año 2020 pidiendo al Gobierno español que revele públicamente si es o ha sido cliente de NSO Group, así como si ha utilizado Pegasus. De la misma manera, es necesario que se comprometa a colaborar con las causas abiertas ante la justicia en aquellos casos particulares donde hay indicios de haberse cometido espionaje, y apoyar el establecimiento de una moratoria global sobre el uso, venta y transferencia de tecnología de vigilancia hasta que se establezca un marco reglamentario adecuado de derechos humanos al respecto.

Amnistía Internacional ya desveló en julio de 2021 cómo Pegasus, el software espía de NSO Group, se ha utilizado para facilitar la comisión de violaciones de derechos humanos a gran escala en todo el mundo. Esta investigación, en la que participaron más de 80 periodistas de 17 organizaciones de medios de comunicación de 10 países bajo la coordinación de Forbidden Stories, y con el apoyo técnico de Amnistía Internacional, reveló cómo cerca de 50.000 números de teléfono habían sido posibles objetivos de vigilancia. Entre ellos se encontraban jefes y jefas de Estado, activistas y periodistas, incluida la familia de Jamal Khashoggi, periodista saudí asesinado en Turquía en 2018.

“Los gobiernos de todo el mundo no han hecho lo suficiente para investigar o detener las violaciones de derechos humanos causadas por software espía invasivo como Pegasus. El uso, la venta y la transferencia de esta tecnología de vigilancia debe detenerse temporalmente para impedir nuevos abusos contra los derechos humanos”, denuncia AI.

Por otro lado, el pasado 19 de abril tuvo lugar la primera reunión de la Comisión de Investigación abierta en el Parlamento Europeo sobre las infracciones de la legislación de la Unión Europea asociadas al uso de Pegasus y otros programas espía equivalentes. Además, esta Comisión tiene el mandato de recopilar información sobre la medida en que los Estados miembros, incluidos, entre otros, Hungría y Polonia, o terceros países recurren a una vigilancia intrusiva que vulnera los derechos y libertades reconocidos en la Carta, y evaluar el nivel de riesgo que ello supone para los valores reconocidos en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea, como la democracia, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos.

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