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ARRINCONAN A UBER: Nuevo Reglamento de Movilidad, un traje a la medida de los taxistas

Un año y dos meses después, finalmente fue publicado el Reglamento de Movilidad de Quintana Roo en el Periódico Oficial del Estado (POE), que confirma el candado a la plataforma digital Uber para que obligatoriamente cuente con una concesión para operar en la entidad.

Dicho documento debió ser emitido desde julio de 2019, es decir, meses después de la creación del Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo (Imoveqroo). El POE publicó el Reglamento de Movilidad el pasado jueves 24 de septiembre.

La empresa Genie SC prestó servicios de consultoría para la elaboración del Reglamento y para ello el Imoveqroo le pagó un millón 809 mil 600 pesos. El contrato fue del 20 de mayo al 20 de septiembre de 2019.  

Uber deberá contar con concesión

El Artículo 85 del Título Cuarto de las “Concesiones del Servicio Público de Transporte” establece que: “para la prestación del servicio del servicio público de transporte, se requiere contar con concesión expedida por el titular del Instituto (…)”.

Posteriormente, el Artículo 87 en la Sección. Primera “De las Declaraciones de Necesidad”, queda estipulado el requerimiento de servicio público de transporte contratado a través de plataformas digitales o tecnológicas.

Las Declaratorias de Necesidad determinarán la ruta o área de servicio a concesionar; las unidades requeridas para la prestación del servicio; instalaciones, entre otras condicionantes.

El Reglamento de Movilidad tuvo tres aplazamientos durante 2019.

El instrumento regirá el transporte público en su conjunto, desde estudios de impacto de movilidad, programas integrales y de seguridad vial, hasta el otorgamiento de concesiones.